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¿Qué es la plusvalía municipal y quién la paga?

❝¿Estás vendiendo o heredando una propiedad? La plusvalía municipal es un impuesto fundamental que tener en cuenta.❞

Si estás pensando en comprar o en vender una vivienda, puede que ya hayas escuchado hablar de algo llamado “plusvalía municipal”.

Pero, ¿qué es la plusvalía municipal exactamente? Y, más importante aún, ¿quién debe pagarla?

En el Grupo Inmobiliario Ares queremos resolver tus dudas al respecto.

¿Qué es la plusvalía municipal? 

Cuando se produce una compraventa, una donación o una herencia, es necesario conocer el Impuesto por el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), conocido popularmente como plusvalía municipal.

Se trata de una tasa obligatoria que se debe abonar siempre que se venda, se herede o se acepte en donación una propiedad que haya sufrido un incremento de su valor.

Por ejemplo: si compraste una vivienda por 50.000 € y la vendes por 150.000 €, tendrás que tributar el porcentaje de Plusvalía Municipal que corresponda, en base a la diferencia entre el precio de adquisición y el de venta: 100.000 €.

¿En qué casos no es exigible este impuesto? 

Este impuesto no es exigible en caso de que no haya ganancia. Es decir, cuando no se haya producido un incremento real del valor de la propiedad.

Siguiendo con el ejemplo, si compraste una vivienda por 50.000 € y esta vale lo mismo o ha disminuido su valor, no tendrás que pagar plusvalía municipal.

¿Cómo calculamos la plusvalía? 

Para saber cuánto hay que pagar por este tributo, hay que tener en cuenta dos cosas:

  • El valor catastral del inmueble.
  • Los años que el vendedor ha tenido la vivienda en propiedad.

A estos datos podemos aplicarles el porcentaje de incremento anual que haya tenido el inmueble y el tipo de gravamen fijado por cada ayuntamiento.

Hay que tener en cuenta que algunos ayuntamientos tienen bonificaciones para ciertos grupos de edad, o reducciones en determinados casos como por ejemplo en las herencias.

Además, ciertos ayuntamientos han creado sistemas para facilitar el cálculo del impuesto. En el caso de Madrid, el ayuntamiento cuenta con una calculadora de la plusvalía municipal. Los propietarios de las viviendas que pertenezcan al municipio de Madrid podrán calcular su plusvalía fácilmente con ella.

¿Cuáles son los tipos máximos que se aplican a la plusvalía municipal? 

En la actualidad, los tipos máximos que se aplican a la plusvalía municipal, en función de cuánto tiempo haya transcurrido desde la fecha de adquisición, son los siguientes:

  • Propiedades con 5 años de antigüedad: un 3,7 %.
  • Propiedades con 10 años de antigüedad: un 3,5 %.
  • Propiedades con 15 años de antigüedad: un 3,2 %.
  • Propiedades con más de 20 años de antigüedad: un 3 %.

Este porcentaje será el máximo que tu municipio te podrá exigir por este tributo.

¿Cuál es el plazo máximo para abonar la plusvalía municipal? 

El plazo para abonar la plusvalía en los casos de compraventa es de 30 días hábiles desde la formalización de las escrituras públicas ante notario.

¿Quién paga la plusvalía municipal en una compraventa? 

En la mayoría de casos, es el vendedor quien se hace cargo de pagar esta tasa.

Sin  embargo, si el vendedor no es residente español y decide no pagarlo, el comprador tendrá que asumir esta responsabilidad, ya que la ley lo designará como sujeto pasivo sustituto.

Lo habitual es que el comprador solicite que el vendedor deje depositado ante notario el importe correspondiente, para evitar las posibles consecuencias fiscales de no pagarlo.

¿Quién paga la plusvalía en una herencia? 

En el caso de las herencias, el pago recae directamente sobre los herederos.

El cálculo del impuesto se realizará sobre el incremento del valor que ha experimentado el inmueble desde que el causante lo adquirió hasta el día de su fallecimiento.  

Para inscribir una herencia en el registro de la propiedad, es imprescindible contar con el recibo de la plusvalía municipal y el plazo para realizar el pago es de 6 meses desde el fallecimiento del causante.

¿Necesitas ayuda con la tramitación de tu herencia o con la venta de una vivienda en Madrid? En el Grupo Inmobiliario Ares estamos a tu disposición.

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